Respondemos todas tus dudas
Preguntas frecuentes
sobre seguridad alimentaria
Resolvemos las dudas más habituales sobre APPCC, IFS Food, BRCGS, SAE, alérgenos, etiquetado y formación. Si no encuentras tu respuesta, llámanos o escríbenos: te respondemos hoy.
APPCC y SAE
Sí. El Reglamento CE 852/2004 obliga a todos los establecimientos alimentarios en la UE —incluidos restaurantes, bares, cafeterías y comedores— a implantar un sistema de autocontrol basado en los principios del APPCC. La Conselleria de Sanitat lo comprueba en las inspecciones. Las sanciones por incumplimiento van de 3.000 a 60.000 euros. Ver servicio APPCC →
El coste depende del tipo y tamaño del establecimiento. Para un restaurante o bar, el rango habitual es de 300 a 600 euros. Para una industria alimentaria de tamaño medio, de 800 a 2.500 euros. Ofrecemos presupuesto cerrado previo a la visita, sin sorpresas. Llámanos al 604 925 806 o solicita información por correo.
Para un restaurante o bar, entre 2 y 4 semanas desde la visita inicial. Para una industria alimentaria de tamaño medio, entre 4 y 8 semanas. El plazo depende de la complejidad del proceso productivo y de la disponibilidad del responsable para la formación y la revisión de documentos.
El APPCC es el sistema completo, obligatorio para industrias alimentarias y establecimientos con procesos complejos. El SAE (Sistema de Autocontrol Específico) es una versión simplificada, aceptada por la Conselleria de Sanitat de la Comunitat Valenciana para pequeños negocios de bajo riesgo (bares, colmados, pequeños obradores). Ambos cumplen el Reglamento CE 852/2004. Te asesoramos sobre cuál es el adecuado para tu caso. Ver servicio SAE →
No. La inspección sanitaria exige un APPCC adaptado a tu proceso, tus instalaciones y tus productos. Un documento genérico no identifica los peligros reales de tu empresa ni los puntos de control crítico específicos de tu actividad. Además, el inspector comprueba que el plan esté implantado y que el equipo lo conozca, no solo que exista un documento.
La normativa exige revisar el plan cuando cambie el proceso productivo, los productos, los proveedores, las instalaciones o la legislación aplicable. También se recomienda una revisión anual de mantenimiento para verificar que todo sigue en vigor y actualizado. Nuestros contratos incluyen mantenimiento anual.
IFS Food y BRCGS
IFS Food es un estándar de seguridad alimentaria exigido por grandes cadenas de distribución europeas, especialmente Mercadona, Carrefour, Lidl y Aldi. Certifica que tu proceso productivo cumple los máximos requisitos de calidad y seguridad. Sin esta certificación no puedes ser proveedor de estos distribuidores. Ver servicio IFS Food →
El proceso completo (diagnóstico + implantación + auditoría de certificación) dura entre 3 y 6 meses dependiendo del estado inicial de la empresa. Empresas con un APPCC sólido ya implantado pueden certificarse en el extremo inferior del rango. Empresas que parten de cero necesitan el tiempo máximo.
Son estándares equivalentes en nivel de exigencia pero de origen diferente. IFS Food es de origen franco-alemán y lo exigen principalmente los distribuidores del continente europeo. BRCGS es de origen británico y lo exigen los distribuidores del Reino Unido, Irlanda, Alemania y el mercado anglosajón. Muchas empresas obtienen ambas certificaciones para ampliar mercados. Ver servicio BRCGS →
Los criterios KO (Knock Out) son requisitos de obligatorio cumplimiento en IFS Food v8. Un incumplimiento en cualquiera de los 12 criterios KO provoca automáticamente la no certificación, independientemente del resto de la auditoría. Se refieren a los aspectos más críticos de la seguridad alimentaria: APPCC, trazabilidad, higiene personal, control de cuerpos extraños y gestión de reclamaciones.
Las certificaciones IFS Food y BRCGS se renuevan anualmente mediante una auditoría de seguimiento. Si en la primera auditoría se obtiene grado A, la siguiente puede ser cada 12 meses. Si se obtiene grado B, pueden exigirse auditorías no anunciadas. La renovación es una oportunidad para demostrar la mejora continua del sistema.
IFS Broker e IFS Logistics
IFS Broker es el estándar IFS para intermediarios alimentarios: traders, agentes, brokers e importadores/exportadores que comercializan alimentos sin transformarlos. Garantiza que el intermediario controla correctamente sus proveedores, la trazabilidad y el cumplimiento de los requisitos del cliente. Lo exigen los mismos distribuidores que piden IFS Food a sus proveedores. Ver servicio IFS Broker →
IFS Logistics certifica las actividades de transporte, almacenamiento y distribución de alimentos. Lo necesitan transportistas de alimentos, operadores logísticos, almacenes frigoríficos y empresas de distribución que trabajen con clientes del sector IFS. Cubre tanto transporte a temperatura ambiente como en cadena de frío. Ver servicio IFS Logistics →
Sí. Ambos estándares exigen un sistema de autocontrol documentado. Para IFS Broker, el sistema se centra en el control de proveedores y la trazabilidad de los productos comercializados. Para IFS Logistics, incluye el control de temperaturas, la higiene de los vehículos y las instalaciones, y los procedimientos de carga y descarga.
Alérgenos
Según el Reglamento UE 1169/2011: gluten (trigo, centeno, cebada, avena), crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara (almendras, avellanas, nueces, anacardos, nueces de pecán, nueces de Brasil, pistachos, nueces de macadamia), apio, mostaza, sésamo, dióxido de azufre y sulfitos (>10 mg/kg), altramuces y moluscos.
Sí, desde diciembre de 2014. Todos los restaurantes, bares y establecimientos de restauración deben informar de los 14 alérgenos presentes en cada plato. El formato es flexible: carta impresa, pizarra, QR o comunicación verbal documentada. El incumplimiento puede suponer sanciones de hasta 60.000 euros. Ver servicio alérgenos →
La contaminación cruzada ocurre cuando un alimento entra en contacto con un alérgeno a través de superficies, utensilios, el aire o las manos del manipulador. Se evita con procedimientos específicos de limpieza y desinfección, uso de utensilios exclusivos, orden en la elaboración (primero los platos sin alérgeno) y formación del personal. Diseñamos los protocolos específicos para cada establecimiento.
Etiquetado alimentario
Según el Reglamento UE 1169/2011: denominación del alimento, lista de ingredientes (con alérgenos destacados), cantidad neta, fecha de consumo preferente o de caducidad, condiciones de conservación, nombre y dirección del responsable, país de origen si aplica, modo de empleo si procede, y declaración nutricional. Cada campo tiene normas de tamaño mínimo de letra. Ver servicio etiquetado →
"Sin conservantes" solo puede usarse si no hay ningún aditivo conservante (código E-2xx) en el producto. "Natural" no está definido legalmente en la UE y puede ser cuestionado por la Administración. "Artesanal" solo es correcto si el producto cumple los requisitos de la normativa de artesanía alimentaria aplicable. Te asesoramos sobre qué menciones son legalmente sólidas para tu producto.
Desde diciembre de 2016, es obligatoria en todos los alimentos envasados, salvo excepciones muy específicas (agua, vinagre, sal, especias, hierbas aromáticas, etc.). Debe incluir: valor energético en kJ y kcal, grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal, expresados por 100 g o 100 ml. El tamaño de letra mínimo de la x es 1,2 mm.
Auditoría alimentaria
Mínimo una vez al año. Los estándares IFS Food y BRCGS lo exigen expresamente. La legislación (Reglamento CE 852/2004) también requiere la verificación periódica del sistema de autocontrol. Recomendamos auditorías adicionales cuando haya cambios relevantes en el proceso, los proveedores o las instalaciones. Ver servicio auditoría →
Las no conformidades graves (o críticas en terminología IFS) son las que implican un riesgo real para la seguridad del consumidor. Requieren una corrección inmediata y una acción correctiva documentada. Entregamos un plan de acción con responsables y plazos, y hacemos seguimiento hasta que la desviación esté corregida y verificada.
Técnicamente sí, pero no es recomendable. Un auditor interno tiende a normalizar los fallos que ve cada día y pasa por alto desviaciones que un auditor externo detectaría de inmediato. Además, los estándares IFS y BRCGS exigen que el auditor tenga formación específica en auditoría alimentaria. Actuamos como auditor externo con mirada independiente.
Formación en seguridad alimentaria
Sí. El Real Decreto 109/2010 y la normativa autonómica valenciana obligan a todos los manipuladores de alimentos a recibir formación en higiene alimentaria. Los certificados deben estar disponibles ante una inspección. La ausencia de formación documentada es motivo de sanción. Ver servicio formación →
Sí, y es nuestra modalidad preferente. Impartir la formación en tus instalaciones nos permite adaptar los ejemplos y los casos prácticos a tu proceso real. Es más eficaz que un curso genérico y más cómodo para el equipo. Nos desplazamos a Valencia, Alicante, Castellón y toda la Comunitat Valenciana.
La normativa no establece un plazo fijo de renovación, pero los estándares IFS y BRCGS exigen que la formación esté actualizada y sea pertinente a las funciones de cada trabajador. Recomendamos renovar la formación básica cada 2-3 años, y hacer formación específica siempre que haya cambios en los procesos o en la legislación (como la actualización de la lista de alérgenos).
General
Trabajamos en toda la Comunitat Valenciana: Valencia, Alicante y Castellón, incluyendo todas las comarcas. Para servicios de consultoría técnica intensiva (implantación de sistemas complejos, auditorías de certificación), también atendemos clientes en otras provincias. Consulta sin compromiso.
El precio varía según el servicio y el tamaño de la empresa. Damos presupuesto cerrado tras una consulta inicial gratuita (presencial o telefónica). No cobramos por desplazamiento en la Comunitat Valenciana. Llámanos al 604 925 806 o escríbenos a asesoriacalidadalimentaria@gmail.com.
Sí. Es uno de los casos más habituales. Muchas empresas tienen documentación desactualizada, planes genéricos o registros que no se rellenan correctamente. Realizamos una revisión del sistema existente y corregimos las deficiencias sin necesidad de empezar de cero, lo que suele ser más rápido y económico.
Si eres cliente nuestro, llámanos inmediatamente. Te asesoramos sobre qué documentación presentar, qué decir y cómo actuar. Si has implantado correctamente el sistema con nosotros, la inspección no debería presentar problemas. Ninguno de nuestros clientes activos ha recibido sanciones por deficiencias en el sistema de autocontrol.